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Gacetilla – 25 de octubre de 2021

Al cumplirse 20 años de la desaparición de Rubén Darío Jerez, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) –en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura– realizó una presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que el órgano internacional califique el hecho como un caso de desaparición forzada y exija al Estado argentino una investigación que permita conocer la verdad y terminar con dos décadas de impunidad. A 20 años, Jerez continúa desaparecido, la investigación principal no tiene avances significativos y la causa por encubrimiento prescribió luego de innumerables actos dilatorios por parte de las defensas de los imputados y los mismos órganos judiciales que intervinieron. 

 

Hoy se cumplen 20 años de la desaparición de Rubén Darío Jerez y el caso se encuentra aún, en etapa de investigación. La única línea que, por un momento, posibilitó el avance de la misma fue la causa conexa por encubrimiento que, por negligencia de los operadores judiciales, terminó con la absolución de los imputados por prescripción de la acción penal.

En la presentación realizada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) señala que el Estado argentino incumplió con su deber de investigar e incurrió en un retardo injustificado en el trámite de la causa. “La demora en el proceso es exclusivamente imputable a la conducta abiertamente negligente de las autoridades estatales al no haber caracterizado los hechos en el marco de una Desaparición Forzada. 

Rubén Darío Jerez tenía 40 años, el 25 de octubre de 2001 salió de su casa en Santa Teresita para iniciar su jornada laboral; alrededor del mediodía, luego de visitar a un cliente, testigos lo vieron en la calle con un directivo de la empresa en la que trabajaba, Alejandro Muñoz. Esa fue la última vez que lo vieron con vida, su auto quedó estacionado con las ventanillas abiertas y los objetos personales en su interior.

Muñoz negó ese encuentro y fue imputado de encubrir su desaparición. Carlos Subirol, otro empleado de la empresa, que retiró el auto del lugar, alterando la escena, también quedó imputado.

A lo largo de toda la investigación se pudo dilucidar el vínculo entre la empresa financiera en la que trabajaba Jerez con funcionarios del Estado y como estos intentaron utilizar su posición en el mismo para lograr desviar el curso de la investigación. Un hito de la causa fue el plan, ejecutado por funcionarios públicos, para que una persona con discapacidad mental se autoincrimine mediante amenazas y ofrecimiento de recompensa.

El ex director de Inspección general del Municipio de la Costa Cristian Ibarra y el entonces concejal Daniel López le hicieron copiar a Gustavo Gabriel Maidana una nota de puño y letra con el diálogo que debía repetir atribuyéndose la desaparición de Jerez. A cambio de ello, e intermediando amenazas, se le enviaron materiales de construcción. El entonces secretario de gobierno del Municipio, Jorge Grande, también participó de las maniobras para evitar que se conozca lo sucedido y en especial el paradero de Jerez.

Tras siete años de instrucción, la causa por encubrimiento fue elevada a juicio con cinco imputados: los tres funcionarios públicos y los dos trabajadores de la empresa vinculados con estos hechos.

Los imputados fueron absueltos por una valoración absurda de la prueba producida, pero la Cámara de Casación Penal anuló la sentención y reenvío la causa a primera instancia para que se realice un nuevo juicio. El organismo revisor tenía la posibilidad de dictar un veredicto de culpabilidad que no utilizó sin mediar explicación alguna. Tampoco se expidió sobre la naturaleza de desaparición forzada de los hechos considerados como probados.

La dilación de los recursos y las subsiguientes apelaciones de los imputados, llevo a que la causa fuera remitida recién en 2017. Así las cosas, al no estar caratulada como desaparición forzada, el tribunal de primera instancia declaró la prescripción de la acción penal que la Cámara de Casación confirmó el 16 de mayo de 2019. Decisiones que desconocen el carácter continuo y permanente de la desaparición de Jerez.

La Convención Interamericana sobre desaparición forzada de personas, ratificada por Argentina en 1996, recién se cumplió en 2011 al incorporarse como delito en el código penal argentino. Al momento de este hecho, el Estado Argentino incumplía la obligación internacional asumida con jerarquía constitucional.

Además, hubo una serie de decisiones judiciales en torno a la causa que impidieron realizar una investigación acorde a la gravedad institucional del delito: no se solicitó el cambio de jurisdicción y por tanto el tratamiento diferenciado de la situación a nivel federal, la Policía Bonaerense no fue apartada de la investigación a pesar de las sospechas sobre su participación en el hecho que denunció la familia de Jerez.

Luego del fallo que declaro la prescripción, la causa no tiene avances. La investigación se detuvo dado que la única línea de investigación que podía permitir un avance en el esclarecimiento de lo sucedido era la que se desprendía de las conductas realizadas para el encubrimiento de los hechos.

Los obstáculos y dilaciones judiciales impidieron que se conozca la verdad de los hechos, el paradero de la víctima y que se sancione a los responsables. A 20 años de su desaparición, el Estado es responsable por el sufrimiento causado a los familiares de Jerez a raíz de la impunidad en la que se mantienen los hechos.

A 20 años de la desaparición, la CPM acompaña a la familia y espera un pronunciamiento de la CIDH que permita sacar la causa del ostracismo, se declare como un caso de desaparición forzada y el Estado argentino reasuma su responsabilidad de garantizar una debida investigación acorde a la gravedad institucional del caso.

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