La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) solicitó al Municipio y al Concejo Deliberante de La Plata que se declare la emergencia del sistema de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes (NNyA).
Tal como está estipulado en la ley 13.298, el Estado debe ser representante y garante de los derechos y debe gestionar políticas integrales que protejan a la niñez; sin embargo esto no sucede.
La extrema vulnerabilidad que padecen los NNyA se agrava aun más en un contexto de recrudecimiento de las políticas punitivistas.
La ley provee todas las herramientas y facultades necesarias para revertir esta situación y el Estado tiene la obligación de actuar en consecuencia.
El desfinanciamiento y vaciamiento del sistema de promoción y protección de los derechos de los niños (ley 13298) y la ausencia de políticas sociales integrales han dejado a los niños, niñas y adolescentes en un estado de total desprotección y peligro. Esta grave situación de vulnerabilidad se complementa, como también viene denunciando la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), con discursos públicos estigmatizantes —muchos refrendados incluso por autoridades gubernamentales— y con el fortalecimiento de las políticas represivas que tiene a los más chicos como víctimas preferenciales de las fuerzas de seguridad.
La situación en La Plata es una muestra palmaria de la falta de respuesta estatal, a pesar de que existen los mecanismos y herramientas para revertir esta crítica situación. Por ese motivo, la CPM le pidió al Concejo Deliberante de La Plata que se declare la emergencia del sistema de promoción y protección de los derechos de NNyA.
El Municipio de La Plata adhirió en el año 2008 a la ley 13.298, asumiendo amplias facultades y obligaciones para intervenir y garantizar el abordaje integral de derechos. Desde la vigencia de la ley se deberían haber contemplado los dispositivos y organismos que trabajen para la aplicación de políticas conjuntas entre el ejecutivo provincial, los municipios y las diversas instituciones y organizaciones que trabajan con la niñez.
Sin embargo, el desfinanciamiento y, por lo tanto, la deficiente aplicación del sistema de promoción y protección de derechos llevaron a un debilitamiento de la calidad institucional y capacidad de atención a las problemáticas de la infancia a través de políticas sociales integrales. Reiteradamente, los diferentes gobiernos provinciales y municipales incumplieron con la normativa.
La ley 13.298 garantiza un tratamiento estatal que impulse la intervención a través de políticas de contención y asistencia. Para cumplir con estas obligaciones, el Municipio recibe partidas presupuestarias del Ministerio de Desarrollo Social provincial, destinadas a la creación e implementación de los dispositivos, como los servicios locales, programas, becas, asistencia a las familias.
En este sentido, los servicios locales deberían cumplir un rol fundamental para garantizar el acceso pleno a programas sociales de calidad y alcance poblacional. Actualmente, en la Plata, existen entre 8 y 10 servicios locales que resultan insuficientes, con pocos profesionales, precarizados y sin estabilidad laboral, lo que constituye un obstáculo, dado que en la ley se valora la cercanía y la confianza de los integrantes de los servicios locales con los niños y sus familias en el territorio. La accesibilidad geográfica sigue siendo un obstáculo a la hora de que grupos familiares y NNyA en situación de desventaja puedan exigir la restitución de sus derechos.
Ante la inacción de los dispositivos que debían crearse a partir de la ley, la respuesta del Estado para estos NNyA termina siendo, en los hechos, la persecución y el encierro. La legitimación del discurso punitivista y la justificación de las prácticas arbitrarias, ilegales y sistemáticas de las fuerzas de seguridad y empleados municipales agrava aun más la situación: la respuesta securitaria para responder a un problema social sólo ha generado más violencia.
La misma justicia platense reconoció esta situación y ordenó que las fuerzas de seguridad se abstengan de “ingresar NNyA a las comisarías, omitir detenciones (salvo que estuvieren cometiendo un ilícito), dar intervención telefónicamente a los dispositivos creados por la ley 13298 y ordena al Ministerio de Seguridad y a la Policía Local, la urgente capacitación e instrucción educativa de los procedimientos respecto de los NNyA en el marco de la ley 13298 y 13634”. En otro fallo reciente, ante un grave caso de detención ilegal y arbitraria de dos jóvenes por parte de agentes municipales de la guardia edilicia del Municipio, también se exigió a la Municipalidad de La Plata abstenerse de realizar detenciones de NNyA.
Estas denuncias explican la crisis el sistema penal juvenil que, lejos de cumplir con un proceso judicial que respalde distintas garantías constitucionales, se fue asemejando cada vez más al sistema de adultos, cuya única solución parece ser el encierro y la administración del castigo.
La ley 13.298 incorpora a los municipios como actores directos y centrales en la promoción y protección de los derechos de NNyA: el Estado debe ser representante y garante de los derechos y debe gestionar políticas integrales que protejan a la niñez. La declaración de emergencia debe servir para avanzar en ese camino.