El Juzgado de Familia N° 2 de Mercedes dictó sentencia en el marco de un habeas corpus colectivo de carácter correctivo presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), en favor de las personas alojadas en la Comunidad Terapéutica Un Día Más de la ciudad de Luján. La medida se originó por graves violaciones a los derechos humanos e irregularidades administrativas, entre ellas la falta de habilitaciones provincial y municipal.

 

El equipo interdisciplinario de la CPM, en su rol de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura (MLPT), había documentado delitos y prácticas vejatorias como ingresos forzosos mediante secuestros, administración irregular de medicación, régimen de vida restrictivo con modalidad de premio-castigo, ausencia de atención médica y alojamiento conjunto de menores con adultos. Se subrayó la gravedad de que muchas personas fueran derivadas por juzgados penales sin verificar la habilitación del lugar, legitimando así su funcionamiento ilegal.

El 6 de enero la CPM inspeccionó una de las sedes de la institución y constató la falta de habilitación sanitaria, el funcionamiento al margen de la ley y el incumplimiento de la Ley Nacional de Salud Mental. Los testimonios recogidos revelaron privación ilegal de la libertad, derivaciones sin intervención judicial, ausencia de atención clínica y de emergencias, condiciones materiales deficientes, impedimento de contacto con familiares y falta de historia clínica y consentimiento informado.

Respecto a la medicación, se comprobó que la institución no contaba con personal de enfermería. Los fármacos eran indicados de manera virtual o incluso sin intervención profesional y suministrados por operadores o coordinadores, algunos de ellos personas alojadas. Se aplicaba un “protocolo de medicación” que incluía psicofármacos como Carbamazepina, Risperidona, Quetiapina y Diazepam, administrados discrecionalmente.

El habeas corpus quedó radicado en el Juzgado de Familia N° 2 de Mercedes. El 14 de enero, la magistrada subrogante Yanina Andrea Bruni Barcala realizó una constatación directa en el lugar y dispuso la prohibición de nuevos ingresos, tanto de adultos como de menores, cualquiera fuera la modalidad. También ordenó garantizar visitas familiares con privacidad, permitir el egreso voluntario y realizar evaluaciones integrales de salud de todas las personas internadas.

Posteriormente, la jueza titular María Eugenia Rijavec convalidó lo resuelto y efectuó una nueva constatación el 21 de enero, acompañada por peritos médicos y autoridades del Ministerio de Salud bonaerense. En paralelo, la Fiscalía N° 10 de Luján y personal policial recabaron documentación y testimonios para la causa penal en curso. Como resultado, las casi 50 personas alojadas se retiraron voluntariamente, con familiares o fueron derivadas por el Ministerio de Salud.

La CPM advirtió sobre la proliferación de instituciones que, bajo la apariencia de tratamientos para consumos problemáticos, funcionan en la ilegalidad y ejecutan prácticas violentas y riesgosas. Señaló además la responsabilidad estatal al legitimar estos espacios sin verificar habilitaciones. El caso expone la necesidad urgente de fortalecer los mecanismos de fiscalización del Ministerio de Salud provincial, realizar relevamientos exhaustivos y capacitar a operadores judiciales en materia de Salud Mental y Derechos Humanos.