Justicia Patriarcal: un fallo que saluda la impunidad

Por Lucía Barrera Oro y Florencia Rey

El lunes 26 de noviembre, a un mes de comenzado el juicio por el femicidio de Lucía Pérez, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Mar del Plata dio a conocer la sentencia por el crimen sucedido en 2016. Los imputados, Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel fueron absueltos de los cargos.

En octubre de 2016, los movimientos feministas de la Argentina realizaron el primer Paro Nacional de Mujeres tras una noticia devastadora: tres hombres habían asesinado a Lucía Pérez, de 16 años. Dos años y poco después, en la tarde del lunes 26 de noviembre, el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Mar del Plata decidió absolver a dos de ellos por su femicidio: solamente serán condenados Matías Farías y Juan Pablo Offidani a 8 años de prisión por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”. El tercero, Alejandro Maciel, cómplice necesario para encubrir el crimen, fue absuelto de todos los cargos y será excarcelado luego de verificar que no existen impedimentos a la libertad ajenos a este proceso.

Fue en el año 2016, tras el asesinato de Lucía, que la fiscal María Isabel Sánchez y la médica Claudia Carrizo habían arrojado la primera hipótesis sobre la forma de su muerte: empalamiento. La misma fue recientemente descartada y reemplazada por la de sobredosis. Por lo tanto, los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnavale (todos varones, por cierto), pidieron en el fallo que se evalúe la actuación de las dos profesionales.

El fiscal de la causa, Daniel Vicente, identificó el proceder del tribunal como androcéntrico, catalogando de abuso sexual solamente a los casos donde hay huellas claras de defensa por parte de la víctima o lesiones extremadamente crueles; perdiendo de vista la asimetría de poder que existe entre una adolescente que consumió drogas y el adulto que se las suministró. Agregó además que “el concepto de violencia en el abuso sexual, a nuestro juicio, hay que integrarlo con perspectiva de género. La víctima es una mujer, no hay que esperar a que haya marcas de lucha, de forcejeos, de defensa o de uso desmedido de fuerza para determinar el concepto de violencia. Hay que ver si hay conductas, que de manera directa o indirecta, basadas en una situación desigual de poder, han afectado la integridad física, sexual, personal o aún la vida de esa mujer. Y que de algún modo no le hubieran permitido consentir libremente la decisión de tener relaciones sexuales. Y en este caso hay sobradas cuentas de que esto pasó”.

Marta y Guillermo Pérez, madre y padre de Lucía, aseguraron que llevarán el caso al Tribunal de Casación ya que “la muerte de mi hija nunca se juzgó, la muerte de mi hija va de regalo. Si los peritos no pudieron determinar algo, es porque son obsoletos, hay que cambiarlos a todos. Este juicio fue una desprolijidad total. Tenemos que dar vuelta la página y empezar de cero todo”.

Para la justicia patriarcal, vender droga es un delito imputable pero abusar sexualmente, torturar y asesinar a una mujer no. El fallo demuestra, una vez más, que la justicia es una parte fundamental del entramado social, cultural y político del patriarcado. Garantiza impunidad a los responsables de un abuso sexual seguido de femicidio, mientras condena solamente el delito de la venta de droga. Para los femicidas, beso-medalla-y-aplauso. Nosotras, mientras tanto seguiremos transformando la indignación, la tristeza y la bronca en lucha.

 

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